lunes, 24 de agosto de 2020

¿Precedente? TSJ obliga a colegio privado a mantenerse abierto y cobrar tarifa regulada

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró con lugar la acción de amparo constitucional por intereses colectivos interpuesta por un grupos de padres contra directivos de la Unidad Educativa Privada Colegio Inmaculada Concepción, por lo que ordenó mantener las actividades escolares hasta la finalización del periodo académico 2020-2021, próximo a comenzar.

La acción de ampara fue interpuesta por los ciudadanos Yuly Sojo, María Filomena Gomes Da Silva, Antonio Medina y María Alejandra Herazo, representantes de sus hijos, contra Teresita Glassman de Fuente y José Antonio Fuente Glassman, propietarios y directivos de dicho colegio.

Igualmente, en el fallo se instó a los padres y representantes del plantel a cancelar el monto adecuado de conformidad con la matrícula vigente de 600.000 bolívares (equivalente a 1,93 dólares a la tasa paralela del 24 de agosto), el cual fue convenido en asamblea celebrada en noviembre de 2019.

Asimismo, se ordenó a los directivos del Colegio Inmaculada Concepción a convocar una asamblea general de padres y representantes a los fines de considerar y aprobar por mayoría absoluta, la mitad más uno, el monto de la inscripción y matrícula, previo análisis de la estructura de costos respectiva, indica una nota de prensa.

En el dictamen también se ordenó al Ministerio de Educación el seguimiento de este procedimiento que asegure la continuidad y finalización del periodo correspondiente al año 2020-2021 y que mantenga informada del caso a la Sala Constitucional del TSJ.

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