viernes, 1 de noviembre de 2019

Sunaval abrió la cancha para la reaparición de una Bolsa de Productos Agrícolas

La Superintendencia Nacional de Valores (Sunaval) abrió la cancha para la creación de una Bolsa de Productos e Insumos Agrícolas, al publicar en la Gaceta Oficial N° 41.743, las normas de funcionamiento de este tipo de mercado de títulos representativos, los cuales se podrán constituir con un capital pagado mínimo de 500 Unidades Tributarias que, al valor vigente, representan 25 millones de bolívares.

Desde hace meses se viene escuchando que existe al menos un proyecto para lanzar una Bolsa de Productos Agrícolas, una institución que no es nueva en el país, ya que en el país existió la Bolsa de Productos e Insumos Agropecuarios (Bolpriaven), en los años ´90, la cual no logró un volumen suficiente de transacciones y tampoco pudo tener un portafolio diversificado de productos.

La idea es ofrecer a los productores agropecuarios, en general carentes de crédito oportuno, a pesar que en la banca existe una gaveta obligatoria, una opción para financiar sus operaciones en lo que, se supone, debe ser un mercado abierto con precios de mercado transparentemente construidos.

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De acuerdo con la norma aprobada por la Sunaval, en las bolsas agrícolas se podrán hacer operaciones de opciones y futuros, titularizaciones, emisiones de obligaciones, bonos de prenda, certificados de depósitos y otros productos más sofisticados que pudieran aprobarse.

El sistema de mercado de valores para productos e insumos agrícolas puede contar con casas de bolsa y corredores especializados, así como con una Cámara Arbitral, para resolver las posibles controversias, sobre todo en materia de fijación de precios, que surjan en el mercado.

Las bolsa agrícolas requieren para su constitución un mínimo de tres accionistas, los cuales deben acreditar una garantía líquida equivalente a un mínimo de 100.000 Unidades Tributarias, que, a valor actual, representan solo 5 millones de bolívares.

La norma de la Sunaval establece las prohibiciones normales para ser miembro de una Bolsa Agrícola, las cuales básicamente se resumen en no tener antecedentes de intervención por actuación dolosa, por parte del ente regulatorio, o haber violado normas específicas contra la legitimación de capitales provenientes del delito.

Además, incorpora la prohibición expresa para los participantes en instituciones anteriores que hayan desaparecido por declararse en quiebra o ser intervenida.

Igualmente, se podrán constituir sociedades de corretaje y establecer mercados especializados por rubros.

GO 41743 by Armando Pernía on Scribd



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