viernes, 3 de enero de 2020

Conozca las nuevas tarifas y comisiones por servicios bancarios

Las nuevas tarifas de comisiones bancarias que serán aplicadas en las distintas transacciones fueron publicadas en la Gaceta Oficial N°41.785 con fecha del jueves 19 de diciembre de 2019.

En el documento el Banco Central de Venezuela (BCV), informó a las instituciones bancarias, a las casas de cambio y a los proveedores no bancarios de terminales de puntos de venta, los límites máximos de las comisiones, tarifas y/o recargos que podrán cobrar por las operaciones.

La Gaceta refiere que para las cuentas corrientes no remuneradas de Personas Naturales los límites máximos para las siguientes operaciones son: Cuota de Mantenimiento Mensual (Bs.60); por Emisión de Estados de Cuenta (Bs.2.207,00) y Emisión de Chequeras (25 cheques), Bs.135.645,00 y de poseer 50 cheques, Bs.271.271,00.

Igualmente las entidades bancarias cobrarán por cheques devueltos por falta de fondos en cuentas corrientes Bs.183.900,00 a personas naturales y las personas jurídicas el monto será de Bs.367.800,00; por retiro o avance de efectivo contra tarjeta de crédito se cobrará hasta 5% del monto de la operación. 

La reposición por extravío, robo o deterioro de las tarjetas de débito los bancos cobrarán Bs.773,00.

En relación al uso de cajeros automáticos de otros bancos, la consulta de saldos es de Bs.48,00; por rechazo (fondos insuficientes, clave errada, otros) por causas atribuibles al usuario del cajero se cobrará Bs.48,00. Mientras tanto, para las operaciones de retiro, las entidades bancarias cobrarán 5% del monto y por transferencia, cobrarán Bs.48,00.

En cuanto a las operaciones a través del servicio Pago Móvil Interbancario de Persona a Persona (P2P) hasta el 0,3% del monto de las transacciones, con una comisión mínima de Bs.110,00; y de Persona a Comercio (P2C) hasta el 0,3% del monto en transacciones, con una comisión mínima de Bs.920,00.

En cuanto a los proveedores no bancarios de terminales de puntos de venta deberán pagar a los bancos hasta 600.000 bolívares mensuales por terminal instalado. 

Agrega el texto de la Gaceta que el presente Aviso Oficial entrará en vigencia a partir del quinto (5°) día hábil siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, y el mismo sustituye al dictado en esta materia por el Directorio del Banco Central de Venezuela en fecha 28 de febrero de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N°41.598 del 14 de marzo de 2019.



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