Sin sorpresas, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró nula la designación de la directiva ad-hoc al Banco Central de Venezuela (BCV) por la Asamblea Nacional, «instancia en desacato desde el 2016», y determinó que quienes aceptaron los cargos son reos por el delito de usurpación de funciones.
«Quienes sean designados y/o acepten dicha designación incurren en delitos de usurpación de funciones y otros delitos de acción pública consagrados en el ordenamiento jurídico penal venezolano, relativos a corrupción, delincuencia organizada y terrorismo, entre otros», expresa la sentencia publicada en el portal web del TSJ, citada por la agencia gubernamental de noticias AVN.
De igual forma, la Sala Constitucional declaró nulo el «Acuerdo en rechazo a la designación de Calixto Ortega Sánchez como Presidente del Banco Central de Venezuela», quien fue nombrado por el presidente Nicolás Maduro en junio del año pasado, y aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente, órgano plenipotenciario del país.
El TSJ recalcó en su sentencia, que las acciones emprendidas por el Parlamento venezolano son actos «absolutamente nulos» y un «asalto al Estado de derecho», debido a que el Poder Legislativo se encuentra en desacato.
El Poder Legislativo se encuentra en desacato desde el 2016 al juramentar los tres candidatos del estado Amazonas –cuya elección el 06 de diciembre de 2015 fue impugnada debido a presuntas irregularidades–, pese la orden del TSJ que dejó sin efecto su elección hasta tanto culminaran las investigaciones. De esta forma, el órgano legislativo entró en condición de desacato a la Constitución de la República, dice la nota de AVN.
Hay que señalar que la Sala Electoral del TSJ no ha emitido sentencia en cuatro años sobre la presunta «compra de votos» en el estado Amazonas, y ha dejado a la región amazonense sin representación parlamentaria, aparte de no haber probado el presunto delito electoral.
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