Mediante Circular enviada por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), se les indica a las instituciones que componen el sistema financiero venezolano, que deberán garantizar la continuidad en la prestación de los servicios a los clientes, usuarios y al público en general.
Así como, el cabal funcionamiento de toda su red de agencias, oficinas y sedes administrativas en todo el país, el día 21 de febrero de2020, dada la naturaleza de servicio público de las actividades que prestan.
De igual manera, para los días 24 y 25 de febrero del año en curso, deberán garantizar el funcionamiento y uso de los cajeros automáticos, banca por internet y cualquier otra modalidad de servicios bancarios considerados en los respectivos planes de prestación de servicios.
El incumplimiento a lo señalado en la circular será objeto de la aplicación de las sanciones a que haya lugar previstas en el referido Decreto Ley.
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