sábado, 28 de septiembre de 2019

Sudeban autoriza publicación de estados financieros bancarios en medios digitales

La Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario envió autorizó la publicación de los estados financieros de los bancos en medios de difusión digitales, mediante una circular fechada el pasado 26 de septiembre.

De acuerdo con el documento, los requisitos para la divulgación de indicadores mensuales, trimestrales y anuales no cambian y se deben cumplir las normas de transparencia establecidas; sin embargo, en atención a las nuevas tendencias tecnológicas, las entidades podrán opcionalmente publicar su información financiera en medios digitales.

No obstante, se mantiene la obligación de publicación en medios impresos nacionales y regionales, según corresponda.

Cabe señalar que la crisis y la transición tecnológica a los medios digitales, más de 80% de los medios impresos ha desparecido. Según el Instituto de Prensa y Sociedad Capítulo Venezuela, la mayoría de los periódicos y revistas del país ha dejado de existir también por presiones y censura, especialmente en las regiones.

Igualmente, la Sudeban estableció la obligación de que los bancos mantengan sus estados financieros colgados en sus respectivas páginas corporativas en Internet, independientemente del deber de publicarlos en medios de comunicación de amplia circulación, como corresponde al carácter público de esta data financiera.

La publicación en medios digitales nacionales y regionales se debe acoger a las siguientes condiciones:

– Mantener la publicación digital como mínimo por tres días continuos, posteriores al plazo establecido en el artículo 76 del Decreto con rango y fuerza de Ley que contiene la Ley de Instituciones del Sector Bancario.

– Notificar a la Sudeban con al menos tres días de antelación a la publicación digital el medio y las fechas en las que los datos financieros estarán disponibles. Asimismo, en los cinco días posteriores a la publicación debe enviar imagen de pantalla a la Sudeban que certifique el cumplimiento de la obligación, con el nombre del medio y las fechas de emisión. El medio digital también deberá remitir a la institución reguladora una certificación de la publicación.

– Los bancos son también obligados a realizar campañas de divulgación y publicidad para informar a sus clientes y relacionados sobre la nueva normativa de publicación de información financiera en medios digitales.



Fuente: https://ift.tt/2nAMOqF

No hay comentarios:

Publicar un comentario