jueves, 2 de agosto de 2018

Las dudas que deja la derogación de los ilícitos cambiarios

El gobierno del presidente Nicolás Maduro derogó el régimen de ilícitos cambiarios, una decisión que libera la compra y venta de divisas, prohibida desde el año 2003 cuando se instauró el control de cambio.

El decreto aprobado por la Asamblea Nacional Constituyete, órgano controlado por el oficialismo, señala que se podrán negociar y comercial divisas de forma legal en el país, una medida que apunta a retomar un mercado de divisas libre, pero con detalles que aún faltan por explicar.

Se derogó el artículo 138 de la Ley del Banco Central de Venzuela (BCV)  y también quedaron sin efecto los artículos de la Ley de Régimen Cambiario y sus Ilícitos relacionada con “la actividad de negociación y comercio de divisas en el país”. No se especificaron los artículos de esta norma que no tendrán vigencia, pero esta contiene una sección completa dedicada a este tema que contempla desde el uso indebido de divisas liquidadas hasta la fijación de precios con base en una tasa no oficial.

La medida deja abierta una serie de dudas que el gobierno debe aclarar en los próximos días para poner en marcha el llamado “plan de recuperación económica”.

* ¿A qué tasa se podrá comprar y vender divisas?

La decisión tomada por la ANC no aclara quién o cómo se fijará la tasa de cambio en las operaciones de compra y venta de divisas que se harán a través de la casa de cambio. En 2015,  a través del Sistema Marginal de Divisas (Simadi) se podían hacer operaciones de menudeo en casas de cambio, pero la tasa era establecida por el BCV. Actualmente está en funcionamiento el Dicom, un sistema de subastas en el que particulares (naturales y jurídicos) compran y venden divisas, pero coordinado también por el BCV.

* ¿Cuáles casas de cambio podrán hacer operaciones?

El vicepresidente de Economía, Tareck El Aissami, quien presentó la propuesta este jueves en la ANC, dijo que el gobierno autorizará casas de cambio para la compra y venta de divisas, pero no especificó cuáles, a pesar de que el decreto dice que se podrá hacer a penas se publique en la Gaceta Oficial.

* ¿Significa un levantamiento del control de cambio?

El control de cambio, vigente desde 2003, está compuesto por muchos instrumentos normativos que van desde la fijación de la tasa hasta los permisos para importaciones, exportaciones, repatriación de capital, etc. El decreto señala que se derogan todos los ilícitos relacionados con “la actividad de negociación y comercio de divisas en el país”, pero no especifica cómo serán administradas las divisas de Estado.

En los países sin control de cambio, el mercado de divisas se da entre privados y los bancos centrales intervienen para evitar desviaciones extremas, en especial cuando la moneda nacional pierde mucho valor, sin embargo, esa posibilidad en el caso venezolano está muy limitada debido al bajo nivel de reservas internacionales. Un actor importante en el mercado venezolano podría ser Pdvsa, que podría inyectar parte de sus ingresos en dólares para nutrir este mercado, no obstante, la empresa estatal también se encuentra con problemas de caja.

* ¿Los bancos entrarán en la compra y venta de divisas?

El Aissami solo mencionó a la casas de cambio, pero en caso de que se busque una entrada de capitales al país, los bancos serían los llamados a soportar operativa y financieramente las operaciones, por lo que es probable que terminen formando parte del nuevo esquema.

* ¿Cómo será el envío de remesas?

En un sistema sin control para la compra y venta de divisas, el flujo de remesas sería a la tasa fijada por el mercado, salvo que el gobierno establezca una especial para este rubro. Sin embargo, es otro de los puntos que están sin aclarar.

* ¿Sería el fin del Dicom?

El esquema de subastas no tendría sentido si ahora empresas y personas naturales pueden ir libremente a las casas de cambio.

* ¿Quién definirá el funcionamiento del mercado cambiario?

La política cambiaria del país está legalmente en manos del Banco Central de Venezuela, que sabemos trabaja liderado por el Ejecutivo. Así que será ese organismo a través de un nuevo convenio cambiario o normas especiales que dicte vía decreto el Ejecutivo.



Fuente: https://ift.tt/2LJLhdc

No hay comentarios:

Publicar un comentario