lunes, 30 de diciembre de 2019

Casi 5.000 productos fueron excluidos de régimen de liberación de importaciones

El nuevo régimen de liberación de importaciones ampara a un total de 3.289 códigos arancelarios o productos, 4.999 menos que en la resolución ministerial que exoneró las compras externas hasta este 31 de diciembre, que beneficiaba a 8.288 productos.

A continuación, Banca y Negocios presenta las claves del nuevo del decreto, a partir de un reporte elaborado por Taurel & Cía:

– Se trata de una NUEVA norma y NO de una prórroga, de hecho, la anterior era una Resolución Ministerial Conjunta y esto se trata de un Decreto Presidencial.

Contiene un apéndice con 3.289 códigos arancelarios que podrán gozar de los beneficios establecidos en este decreto (La Resolución anterior contemplaba 8.288 códigos).

Los códigos arancelarios publicados en el apéndice NO tienen condicionamiento alguno, es decir NO hay columna de observaciones.

– Los requisitos para gozar del beneficio son los mismos que estaban contemplados en la Resolución Ministerial:
–       Relación descriptiva de los bienes muebles corporales a importar.
–       Factura comercial emitida a nombre del beneficiario encargado de la adquisición de los bienes muebles corporales.

En el presente decreto también se contemplan las siguientes dispensas:

* Régimen legal 4: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industrias.

* Régimen legal 9: Licencia de Importación administrada por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Comercio.

* Régimen legal 11: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Petróleo y Minería.

* Régimen legal 14: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Alimentación.

* Régimen legal 15: Permiso del Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación.

* Régimen legal 16: Licencia de Importación administrada por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de Industrias.

* Régimen legal 20: Constancia de Registro de Norma Venezolana Covenin, administrado por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos.

No Producción Nacional y de Certificado de Producción Insuficiente.

Es decir que el resto de los requisitos aplicables según el tipo de mercancías, se encuentran vigentes.

– El beneficio de exoneración aplica a la fecha de registro de la respectiva declaración de aduanas.

Este decreto entrará en vigencia a partir del 01-01-2020 y finalizará el 30-06-2020.

GOE 6.497 by Armando Pernía on Scribd



Fuente: https://ift.tt/36eLZoY

1 comentario:

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