El 23 de agosto la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) emitió una circular en la que se presenta a los bancos una nueva resolución, según la cual deben mostrar la información de todos los instrumentos de captación y créditos de sus clientes en la unidad de cuenta petro y en bolívares soberanos en los medios digitales, electrónicos o impresos.
La circular señala explícitamente que el petro es una unidad de cuenta y no un medio de pago. En este sentido, reflejan que dicha unidad deberá ser reexpresada de acuerdo con el valor publicado por el Banco Central de Venezuela diariamente. Al día siguiente de la primera publicación de la relación bolívar soberano/petro, el BCV reportó un alza a BsS 3.616 para la venta, lo cual es equivalente a que el valor del bolívar soberano con respecto al petro tuvo una variación de 0,45% en un día.
Lo anterior puede ser una señal de que los bienes, sueldos y servicios expresados en petro, se irán indexando diariamente o a través de una periodicidad específica que determine el gobierno. En caso de que el sistema de indexación funcione a través de esta relación que publicará el BCV, veríamos entonces una sincronización en los ajustes de los precios de la economía que se hayan reexpresado en petros.
En el informe semanal de Aristimuño Herrera & Asociados analizamos las implicaciones del uso del petro como unidad de cuenta, repasamos los escenarios que se abren con las medidas económicas que implementa el gobierno y compartimos recomendaciones de cómo defender el flujo de caja.
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